En virtud de la situación epidemiológica actual, la Municipalidad de Pehuajó adhiere a la resolución del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en la que se establece la restricción de actividades en el marco de la segunda ola de COVID-19, evidenciada en el creciente número de contagios.
Decreto Municipal N° 336/2021
A partir del día miércoles 31/3, quedan suspendidas las siguientes actividades para los distritos en Fase 4 (Entre ellos Pehuajó), en la franja horaria comprendida entre las 02.00 y las 06.00 horas:
Actividades comerciales, artísticas, deportivas, culturales, sociales y recreativas. Quedan exceptuadas de esta restricción horaria las actividades productivas de carácter manufacturero, agropecuario y todas aquellas definidas como esenciales.
Se autoriza la realización de actividades culturales en espacios cerrados, con un máximo de hasta 20 personas. Esto solo será posible una vez concluidas las reformas en infraestructura dispuestas y coordinadas con las áreas de Salud y Cultura.
La cantidad de personas habilitadas en los espacios culturales al aire libre estará dispuesta según los metros cuadrados disponibles.
Todos los eventos deberán ser autorizados y registrados con anterioridad en la Secretaría de Cultura.
El horario tope para su realización será hasta las 02.00 horas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario