Nuevos rubros autorizados a trabajar en Pehuajó y enlace para registro de Delivery - Pehuajo

23 de abril de 2020

Nuevos rubros autorizados a trabajar en Pehuajó y enlace para registro de Delivery


Días pasados el Gobierno nacional publicó una lista con las 11 nuevas actividades que serán exceptuadas de la cuarentena en el marco de la pandemia coronavirus. La municipalidad de Pehuajó resolvió la incorporación de las actividades que se detallan a continuación,  respetando siempre las instrucciones y el protocolo dispuesto por la autoridad sanitaria.


Decisión Administrativa 524 (gobierno nacional), detalla que estarán incluidas las siguientes actividades:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo. 

TODAS LAS ACTIVIDADES ENMARCADAS EN EL PUNTO Nº4 DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº524, NO PUEDEN ABRIR SUS PUERTAS AL PÚBLICO Y ESTÁN OBLIGADAS A COMERCIALIZAR ENTREGANDO LA MERCADERÍA A TRAVÉS DE DELIVERY. RAZÓN POR LA CUAL  DEBERÁN PROCEDER DE LA SIGUIENTE MANERA:


A) Registrar a la persona asignada por su comercio, al trabajo de reparto por modalidad de Delivery en: http://www.pehuajo.gob.ar/p/autorizacion-delivery.html, hacer click en (Completar Planilla Autorización Delivery),  Completar el formulario en su totalidad y  hacer click en ENVIAR DATOS.

B) Luego de evaluada la planilla por la autoridad competente, recibirá un correo electrónico con el CERTIFICADO DE EXCEPCIÓN PARA CIRCULAR.

C) El mismo deberá ser impreso y portado por el personal a cargo del reparto en modalidad Delivery, junto con el remito o factura de la mercadería que transporta. (SINO SERÁ PASIBLE DE SANCIÓN).

Importante:

Solo podrán habilitarse un delivery por comercio.

Por inconvenientes o consultas llamar a: 2396 479458 o línea 147.


Protocolo Sanitario obligatorio

La Secretaría de Salud estableció un protocolo sanitario para su cumplimiento irrestricto en establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos. El mismo se propone garantizar las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para minimizar el riesgo de contagio de coronavirus.

La Secretaría de Salud de la Municipalidad de Pehuajó resuelve.

 1) Es obligatorio el uso de tapa nariz boca para todas las personas dentro y fuera del comercio.

 2) Deben respetar como mínimo la distancia de 1,5 metros entre clientes.

 3) Dentro de los locales habrá una persona por cada metro cuadrado.

 4) Las personas que atiendan al público deben tener tapa nariz boca, protectores visuales y estar al menos a 1,5 metros de distancia entre sí.

 5) Todos los locales tendrán que disponer de alcohol en gel para todo el personal de la dependencia.

 6) Sera obligatorio la implementación de cartelería visible con recomendaciones sanitarias para todo el personal. 

Aquellos locales que no estén en condiciones de cumplir con las recomendaciones sugeridas por la municipalidad de Pehuajó basadas en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud no podrán abrir sus puertas para la atención al público.






















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